Cambios en el procedimiento reabren el debate sobre la participación ciudadana y los criterios de representación.
Mientras gran parte del país seguía el triunfo de la selección argentina frente a Argelia, el gobierno nacional oficializó el decreto 476/2026, que introduce modificaciones en el procedimiento de designación de jueces de la Corte Suprema. Entre los cambios más discutidos se encuentra la eliminación de la instancia previa en la que ciudadanos y organizaciones podían presentar observaciones e impugnaciones antes del envío de los pliegos al Senado.
En diálogo con Crudo despertar, programa de FM 107.5 Radio Universidad, el ex juez de la Cámara Federal, Dr. Carlos Rozanski, cuestionó el alcance de la medida y sostuvo que representa un retroceso en términos de transparencia y participación ciudadana. Desde el oficialismo, en cambio, argumentaron que la modificación busca agilizar los procesos de designación y mejorar los mecanismos institucionales.
Además, el decreto derogó el artículo 3 del decreto 222/2003, que establecía que, al considerar cada propuesta para integrar la Corte Suprema, debía contemplarse —“en la medida de lo posible”— la composición general del tribunal para favorecer la diversidad de género, especialidad y procedencia regional, bajo el criterio de representación de un país federal.
Sobre este punto, Rozanski señaló que “los principios que aquel decreto declaraba se hacían con una consigna específica: mejorar la transparencia y la representatividad a la hora de designar a los jueces de la Corte Suprema”.
El ex magistrado interpretó además esta decisión como parte de una orientación política más amplia del gobierno respecto de las políticas vinculadas a las diversidades. “Niegan por completo la vulnerabilidad en razón de género. Ellos atacan la vulnerabilidad porque tienen una posición profundamente reaccionaria que se transforma en las medidas que toman”, sostuvo.
En relación con la fundamentación oficial del decreto, Rozanski retomó una reflexión del filósofo italiano Rocco Carbone y trazó un paralelismo con experiencias autoritarias del siglo XX. “El fascismo usa conceptos en sentido opuesto. En una misma frase te puede decir cosas contradictorias. Te doy un ejemplo: este gobierno, a través de este decreto, estableció que ‘aumenta la transparencia’ en la instancia de designación de jueces cuando, en realidad, hace todo lo contrario”, argumentó.
Por último, el ex juez calificó al decreto como “inconstitucional” y sostuvo que implica una regresión en materia de participación ciudadana. “Según el artículo 75, inciso 22, de nuestra Constitución, los derechos civiles no pueden ser regresivos, sólo progresivos. Este decreto contradice ese principio”, concluyó.
Por: Luca García Laval (estudiante FPyCS-UNLP/Programa de prácticas en el portal de Medios UNLP)
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