El representante legal del centro de excombatientes, se refirió al fallo que dejó sin efecto la medida cautelar que protegía a la actual Ley de Tierras.
Jerónimo Guerrero Iraola, abogado y representante legal del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) La Plata, fue entrevistado en 8AM Arriba que Vamos, de Radio Universidad, luego de que la Corte Suprema revocara el fallo de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023, mediante el cual se derogó la Ley de Tierras Rurales.
La decisión del máximo tribunal, conocida el 29 de septiembre de 2026, se basó en la falta de legitimación del CECIM para promover la demanda. La Corte aclaró que su resolución no implicó un pronunciamiento sobre la constitucionalidad del artículo del DNU.
La crítica al fallo de la Corte
Durante la entrevista, Guerrero Iraola calificó la decisión como “una tragedia absoluta en términos jurídicos y en términos humanos” y cuestionó que la Corte haya considerado que el CECIM no cuenta con legitimación para acudir a la Justicia en defensa de la soberanía nacional.
El abogado sostuvo que existe una contradicción entre el Estado que envió a los soldados a la guerra en 1982 bajo el argumento de la defensa de la soberanía y la decisión judicial que, según su interpretación, impide a los excombatientes reclamar judicialmente por esa cuestión.
La Corte, sin embargo, fundamentó su decisión en la falta de legitimación del CECIM y en la ausencia de un caso o controversia judicial concreto.
Preocupación por la soberanía nacional
A partir del nuevo escenario, Guerrero Iraola cuestionó las consecuencias que, a su entender, tiene la derogación de la Ley de Tierras Rurales y sostuvo que ahora “se puede comprar una provincia, un lago, una montaña o un bosque”. También afirmó que “le pusieron un cartel de venta a nuestro país”.
El representante legal del CECIM cuestionó además al Gobierno nacional y sostuvo que la decisión de la Corte constituye un beneficio para la actual administración.
Ante este nuevo escenario, señaló que el organismo se encuentra en “estado de alerta y movilización” y planteó la necesidad de impulsar una movilización popular para continuar con el reclamo.
La Ley 26.737 establecía límites a la adquisición de tierras rurales por parte de personas y empresas extranjeras. Con el fallo de la Corte, quedó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023, por lo que permanece vigente la derogación de la ley dispuesta por ese decreto.
Por Faustina Deguila (estudiante FPYCS- UNLP/ Programa de practicas en el portal de medios UNLP)
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